La Inspección General de Justicia continúa introduciendo modificaciones destinadas a simplificar trámites societarios y reducir determinadas exigencias formales aplicables a sociedades inscriptas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Entre los cambios recientes se encuentran medidas vinculadas con la constitución de sociedades, la definición del objeto social y ciertos requisitos de presentación ante el organismo.

En términos prácticos: algunos trámites pueden requerir menos documentación o admitir estructuras societarias más flexibles que las utilizadas anteriormente. ¿Qué aspectos conviene revisar?
  • la redacción del objeto social;
  • los requisitos aplicables al tipo societario elegido;
  • la documentación exigida para la constitución o reforma;
  • y la necesidad —o no— de determinadas intervenciones profesionales previas.
Ver más sobre el alcance de los cambios

La tendencia regulatoria reciente de la IGJ apunta a reducir formalidades que anteriormente formaban parte habitual de los trámites societarios.

Uno de los cambios relevantes es la mayor flexibilidad en materia de objeto social, permitiendo una descripción más amplia de las actividades que puede desarrollar una sociedad.

Esta modificación puede resultar especialmente útil para emprendimientos o empresas que desarrollan distintas líneas de negocio y que, bajo esquemas más restrictivos, podían verse obligados a modificar su estatuto con mayor frecuencia.

También se han simplificado determinadas exigencias vinculadas con la constitución de sociedades, aunque el alcance concreto depende del tipo societario y del trámite que se realice.

La flexibilización registral no reemplaza el análisis previo de aspectos fiscales, contractuales, habilitaciones y responsabilidades de los socios o administradores. La elección de la estructura societaria sigue requiriendo una evaluación integral.

Información de carácter general. Los requisitos deben verificarse según el tipo societario y el trámite específico a realizar ante la Inspección General de Justicia.